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Hacienda ha comunicado la aprobación del Modelo 179: “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”. Este nuevo modelo que regula la actividad de las viviendas turísticas, sirve para suministrar a Hacienda los datos fiscales relativos a la actividad que genera el sector del alquiler vacacional.

Te resolvemos algunas de las preguntas más frecuentes en referencia al nuevo modelo implantado por Hacienda.

¿Qué es el Modelo 179?

Gracias a este nuevo documento, la AEAT espera tener un mayor control de los pisos turísticos en alquiler. El objetivo final de la Agencia Tributaria es saber qué viviendas están alquiladas, bajo qué formato y, sobre todo, quienes son sus propietarios.

¿Cuándo entra en vigor?

Originalmente, la fecha acordada para la primera presentación del modelo era hasta el 31 de octubre 2018. Sin embargo, Hacienda ha acordado de forma excepcional que los ingresos obtenidos en el 2018, sean declarados una sola vez durante el mes de enero de 2019. A partir de 2019, y como se planteó inicialmente, se deberá presentar el modelo trimestralmente.

¿Quién debe presentar el modelo 179?

Según Hacienda: “deben presentar el nuevo modelo 179 las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito”. O lo que es lo mismo, cualquier persona o empresa que haga de intermediario entre el dueño de la casa y quien finalmente alquila la vivienda.

¿Qué información se debe incluir el modelo 179?

  1. Identificación del titular de la vivienda o bien del titular del derecho del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la misma).
  2. Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral.
  3. Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos, así como la fecha de inicio.
  4. Importe percibido por el titular cedente del uso de la vivienda.
  5. Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda.
  6. Fecha de intermediación en la operación.
  7. Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro).

¿Cada cuánto hay que presentarlo?

El modelo debe presentarse cada tres meses durante el mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural. Es muy importante declarar dos períodos claramente diferenciados del alquiler vacacional:

  • Período con la vivienda alquilada: se trata de los días o meses en los que ha estado alquilada la vivienda. Será obligatorio declarar los ingresos íntegros, pero a cambio podrán deducirse los gastos necesarios para su alquiler por los días que ha estado alquilada.
  • Período con la vivienda vacía: cuando la vivienda no esté alquilada, Hacienda tendrá en cuenta una renta por segunda vivienda.

Desde Avantio, ya estamos adaptando nuestro software para los nuevos requisitos de Hacienda para que nuestros clientes puedan exportar automáticamente los datos trimestrales a Hacienda. Mantente atento para el lanzamiento de este y nuevos desarrollos en nuestro blog y redes sociales. Subscríbete a nuestra newsletter para recibir todas las novedades directamente en tu e-mail.